EL GOBIERNO PRORROGA TRES MESES LA TARIFA PLANA PARA CONTRATOS NDEFINIDOS.

Rajoy prorroga tres meses la tarifa plana de 100 euros para trabajadores indefinidos.

El Ministerio de Empleo informa que desde su puesta en marcha el pasado 25 de febrero, la medida ha incentivado la contratación de 177.731 trabajadores

El Gobierno ha prorrogado este viernes tres meses la tarifa plana de 100 euros de cotización a la Seguridad Social para la contratación indefinida.
Así lo ha anunciado el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, en la conferencia de prensa posterior al Consejo de Ministros, en la que ha detallado que el plazo ampliado incluye el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2015.
En un comunicado, el Ministerio de Empleo informa que desde su puesta en marcha el pasado 25 de febrero, la medida ha incentivado la contratación de 177.731 trabajadores, lo que supone que uno de cada cuatro contratos indefinidos suscritos en este periodo se ha acogido a esta modalidad.
La medida permite que las empresas o autónomos que quieran contratar un nuevo trabajador de forma estable sólo coticen a la Seguridad Social por contingencias comunes 100 euros al mes, durante los primeros 24 meses.

Según Empleo, la reducción supone un ahorro medio para el empleador de alrededor del 75 % de la cotización por contingencias comunes, que se reducirá a 100 euros al mes (1.200 euros anuales).
Esta medida, aplicada a un sueldo bruto anual de 20.000 euros, implica que el empleador se ahorrará 3.520 euros anuales de cotización a la Seguridad Socialpor cada empleo nuevo creado.
Las empresas de menos de 10 trabajadores, pueden beneficiarse, una vez transcurridos los primeros 24 meses, de 12 meses adicionales de una reducción del 50 % de la cuota por dichas contingencias.
Asimismo, las empresas o autónomos que se acogen a esta tarifa plana están obligados a mantener, como mínimo, el nivel de empleo creado con la nueva contratación durante el período de aplicación de la reducción.
Además, tampoco pueden haber hecho despidos disciplinarios o por causas objetivas, declarados improcedentes, o despidos colectivos en los seis meses anteriores a la fecha de celebración del contrato.
Las empresas que no mantengan el nivel de empleo total ni el nivel de empleo indefinido en los tres años siguientes al contrato deberán reintegrar total o parcialmente las cantidades que se han ahorrado.
Si incumplen el primer año, deberán ingresar toda la reducción, si incumplen el segundo año, el 50 % y si incumplen el tercer año, el 33 %.
También se exige que la empresa esté al día de sus obligaciones con la Seguridad Social y tributarias, y que no haya sido sancionada por incumplimientos de la legislación social en los últimos dos años.

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